“Prohibido pasear mastodontes sin correa”
“Prohibido pasear mastodontes sin correa”
“Prohibido pasear mastodontes sin correa”
El Código Penal de Chile, cuya primera versión es de 1874, aún sanciona:
- El duelo, ya sea su provocación, la denostación pública por negar a batirse en uno, o el que mate o cause lesiones por haberse batido (Arts. 404 a 406).
- La conducción imprudente de carruajes (Art. 494, 6°)
- Tocar campanas para excitar al pueblo al alzamiento
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Artículo 620 del Código Civil de Chile: Las abejas que huyen de la colmena y posan en árbol que no sea del dueño de ésta, vuelven a su libertad natural, y cualquiera puede apoderarse de ellas, y de los panales fabricados por ellas, con tal que no lo hagan sin permiso del dueño en tierras ajenas, cercadas o cultivadas, o contra la prohibición del mismo en las otras; pero al dueño de la colmena no podrá prohibirse que persiga a las abejas fugitivas en tierras que no estén cercadas ni cultivadas.
Fuentes
Código Penal de Chile http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1984